Justicia: Abusador de la hija de su ex pareja fue condenado a 8 años de prisión

El caso ocurrió en Palpalá, en diciembre del año 2022. La víctima es una joven que padece retraso madurativo

03 de junio de 2025

Un sujeto, cuya identidad sólo se brinda con las H.R.L con el fin de preservar a la víctima y su familia, fue procesado y finalmente condenado a la pena de ocho años de prisión, por ser considerado autor penal y materialmente responsable del delito de “Abuso sexual con acceso carnal”, hecho que tuvo como víctima a la hija de su ex pareja, en la ciudad de Palpalá.

La sentencia condenatoria fue emitida el pasado 27 de mayo del año en curso por los Jueces Penales Dres. María Margarita Nallar–presidente de trámite-, Mario Ramón Puig y Luis Ernesto Kamada, con la asistencia de la secretaria Dra. Silvia Andrea Meriles Lello.

Los magistrados, además, ordenaron la detención y el inmediato traslado del condenado al Servicio Penitenciario, una vez firme la condena. Asimismo, establecieron diferir la solicitud de prisión domiciliaria en la etapa procesal pertinente.

Del mismo modo, los jueces establecieron la obtención de los perfiles genéticos del sentenciado a los efectos de su incorporación al Registro de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual.

Como representante del Ministerio Público de la Acusación se desempeñó el Ayudante Fiscal Dr. Bruno Carchidi y, a cargo de la querella el Dr. Valentin Quero Halle, por el Centro de Asistencia a la Víctima.

En tanto, los abogados codefensores del enjuiciado fueron los Dres. Juan Martín Dávalos, Víctor Rubén Colina y Augusto De Diego.

Los hechos

Según la requisitoria de la Fiscalía, el delito por el que fue condenado H.R.L ocurrió el día 24 de diciembre de 2021, en un domicilio de la ciudad de Palpalá.

En esos momentos, el acusado aprovechó que la madre de la víctima se encontraba de viaje y que la joven presenta un retraso madurativo moderado, para ingresar a la habitación donde se encontraba y abusar sexualmente de ella.

La sentencia en su totalidad y sus fundamentos serán registrados el día hábil del plazo legal, en el Sistema de Gestión Judicial, cumpliendo con lo dispuesto en el Art. 404 del Código Procesal Penal de la Provincia.

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